• Vigencia de la Nueva Ley Orgánica y del Reglamento General de Control del TC a partir del 01/04/26

    LEY ORGÁNICA N°10.853 Y RESOLUCIÓN TC N°26/26

  • Uso de Medios Electrónicos en el TC (Ley 10.352)

    Avanzamos hacia el Expediente Electrónico

  • Domicilio y Notificación Electrónica

    Res. TC Nº 57/22

  • Firma Digital

    Uso de la Firma Digital

  • Creación del "Registro de Responsables"

    Resolución TC Nº 94/19

  • Nuestro compromiso con la Calidad Institucional

    Planificación Estratégica 2021-2027

Acceso a la Información Pública


El Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Rioja, en cumplimiento de la Ley Provincial Nº 10.119, pone a disposición este canal para garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública, reafirmando su compromiso con la transparencia, la publicidad de los actos de gobierno, la rendición de cuentas y el fortalecimiento de la participación ciudadana.

📌 Legislación Aplicable:
-Ley Provincial N°10.119 de Acceso a la Información Pública
- Decreto F.E.P. Nº 319/2026 (Reglamentario de la Ley Provincial N°10.119 de Acceso a la Información Pública)
-Resolución TC N°30-26 Aprueba el Procedimiento interno para la Recepción, Tramitación y Respuesta de los pedidos de Acceso a la Información Pública en el Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Rioja
-Resolución Pte. TC N°46-26 designa un Responsable de Acceso a la Información Pública del Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Rioja


📌 Responsable de Acceso a la Información Pública:
Se designa a la Cra. María Lourdes Fernández como Responsable de Acceso a la Información Pública del Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Rioja; quien se encargará de la Recepción, Tramitación y Respuesta de los pedidos de Acceso a la Información Pública (Res. TC N°46/2026, según Ley N°10.119 y su Decreto Reglamentario F.E.P. Nº 319/2026)


📌 ¿Cómo funciona el trámite?

  • Envió del Formulario y Constancia del trámite iniciado: Una vez enviado el formulario, la solicitud será analizada de conformidad a las previsiones normativas de la Ley Provincial N°10.119 y su Dcto Reglamentario. Constatada su cumplimiento, se remitirá constancia del trámite iniciado al domicilio electrónico consignado.
  • Plazo de respuesta: Las solicitudes se responden al domicilio electrónico consignado  en un plazo de 15 días hábiles desde el inicio del trámite, prorrogables por 15 días más en forma excepcional en caso de mediar circunstancias que hagan razonablemente difícil reunir la información solicitada.

📌 Requisitos y Excepciones

  • Detalle claro: El pedido debe contener una descripción clara y precisa de la información requerida, ello a los fines de facilitar su ubicación.
  • Información a Solicitar: Las solicitudes de acceso a la información efectuadas ante el Tribunal de Cuentas deberán sustanciarse una vez concluida su intervención de competencia. Si la información solicitada no cumple este requisito, el Responsable de Acceso a la Información Pública del Tribunal de Cuentas indicará al solicitante cuál es el sujeto obligado que ha generado la información requerida; pudiendo el solicitante requerir dicha información al sujeto obligado que la originó.
  • Límites legales - Excepciones: El Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Rioja podrá exceptuarse de proveer la información, cuando se configure alguno de los supuestos previstos en el artículo 15 de la Ley N.º 10.119.

 

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