Uso de Medios Electrónicos en el TC (Ley 10.352)
Avanzamos hacia el Expediente Electrónico
¿Sabías qué… nuestro organismo posee áreas específicas que controlan las rendiciones de cuentas presentadas por diferentes organismos públicos, empresas del estado y cualquier persona humana o jurídica que reciba, administre o invierta fondos públicos?
Hoy te explicamos qué es el control posterior, quién lo realiza y quiénes son los obligados/responsables/cuentadantes que deben rendir cuentas ante nuestro organismo de control.
Seguimos cumpliendo nuestra misión de controlar y fiscalizar la percepción e inversión de los fondos públicos, eficientizando todas las etapas de los procesos de control -preventivo, concomitante y posterior- con calidad y excelencia.
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