Vigencia de la Nueva Ley Orgánica y del Reglamento General de Control del TC a partir del 01/04/26
LEY ORGÁNICA N°10.853 Y RESOLUCIÓN TC N°26/26
SUS FUNCIONES
Realizar el control y seguimiento de los actos administrativos durante su ejecución.
Verificar la legalidad, razonabilidad y oportunidad de los procedimientos en curso.
Requerir información, antecedentes y documentación necesaria para el ejercicio del control.
Emitir informes técnicos con recomendaciones preventivas o correctivas.
Registrar y documentar todas las actuaciones conforme a los principios de trazabilidad, integridad y transparencia.
Elevar reportes periódicos al Tribunal.
Toda otra función derivada de la Ley N° 10.853 o asignada por resolución reglamentaria.
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